viernes, 25 de mayo de 2007

No Des De Comer Al Hambriento...

La multa por alimentar a animales vagabundos puede llegar a 300 euros

¡¡¡No me lo puedo creer!!! Señores, olvídense de llevar pan a las palomas o a los patos, ni se les ocurra dar de comer a un perro abandonado y hambriento, ¡deje que muerda el donde quiera y cuando quiera! no se les ocurra tampoco avisar para que “el lacero” se encargue del animalito, ya que según comentarios... tengo entendido que se “fabrica el mismo los lazos” (parece ser que no los hay) y que si el chucho en cuestión se da al “pire” tampoco le puede inyectar un dardo tranquilizante para “pillarlo”, ya que tampoco se los suministran, y.... ¡sorpresa! ¡que solo hay un lacero! con la cantidad de gente que hay en el paro...

Pues nada, que ya lo saben. Nada de dar de comer a chucho o gato famélico que se aposte en la puerta de sus “casitas camperas”, ni a los que pululan nocturnos alimentándose de los desperdicios de los contenedores, que si no encuentran nada que “jalar”, ya morderán algo por ahí...

Llamen, llamen al lacero.

PD. Habrá que leerlo todo para enterarse bien, tan pronto como consiga el reglamento aquí lo dejaré.

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